Legalización de firma de autoridades extranjeras:
Generalmente, para que las representaciones consulares del Perú en el exterior procedan a legalizar las firmas de autoridades extranjeras consignadas en documentos tales como certificados de nacimiento, matrimonio, defunción; certificados de trabajo, certificados de antecedentes penales y otros, éstas deben estar previamente legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país extranjero o, de ser el caso, por la entidad que haga sus veces (Secretaría de Gobernación y Secretaría de Relaciones Exteriores). Sin embargo, se podrán legalizar las firmas que aparezcan en los documentos expedidos por autoridades oficiales de su jurisdicción, de manera directa, cuando éstas se encuentren registradas en la oficina consular. Le recomendamos que antes de iniciar el proceso de legalización de firmas de cualquier documento contacte a la oficina consular, a través del correo electrónico embperu@telesal.net, para conocer cuál es la firma previa que requerirá su documento, y cual es la tarifa que le corresponde.
Legalización de firma de particular nacional.
El interesado se apersonará a la oficina consular con su Documento Nacional de Identidad (DNI), portando el documento en el cual pretende legalizar su firma, debiendo firmarlo en presencia del funcionario consular. Cabe citar que el recurrente debe estar previamente inscrito en el Registro de Nacionales de la oficina consular. Contactar a la oficina Consular a traves del correo electronico embperu@telesal.net para designar la tarifa correspondiente.